Programa Acceso Solar

¿Quiere un sistema de placas solares con baterías sin costos iniciales?

Usted puede ser elegible para una instalación mediante el Programa Acceso Solar del Departamento de Energía de EE. UU. (U.S. Department of Energy, DOE). Este programa, financiado por el Fondo de Resiliencia Energética de Puerto Rico (Puerto Rico Energy Resilience Fund, PR-ERF), proporcionará sistemas de placas solares con baterías a hogares de bajos ingresos sin costos iniciales, así como educación sobre cómo utilizar y mantener los sistemas y protección al consumidor. 

Estos sistemas solares se diseñarán para proveer electricidad confiable a su casa, incluso durante apagones. Un sistema residencial de energía solar con baterías suele costar decenas de miles de dólares, pero con el Programa Acceso Solar no tendrá que pagar ningún costo por la instalación de su sistema. Dependiendo el consumo de energía de su hogar, pagaría una tarifa mensual de entre $10 y $45 para cubrir el mantenimiento del sistema, pero estos costos se compensarán con reducciones en sus facturas de luz mensuales. Los pagos mensuales pueden ser una tarifa fija o aumentar anualmente por un 1%. 

Continúe leyendo para saber si es elegible y cómo llenar una solicitud para el Programa Acceso Solar. Si tiene alguna pregunta, llame al 1 (833) 822-8628, envíe un mensaje de texto con la palabra "Solar" a 40649, o envíe un correo electrónico a [email protected]

¿Cómo puede solicitar para obtener sistemas de energía solar en techos y de almacenamiento en baterías subsidiados en su hogar?

  • Paso 1: Determine si es elegible.
  • Paso 2: Recopile la documentación requerida para su aplicación.
  • Paso 3: Contacte a su Embajador de Energía Solar local. 

Seleccione cada paso a continuación para obtener más información: 

  • Paso 1

    Verifique si usted cumple con los requisitos utilizando la siguiente herramienta de elegibilidad. 

  • Paso 2

    Recopile la documentación requerida para su aplicación.

    Organizaciones comunitarias locales actúan como Embajadores de Energía Solar del Departamento de Energía. Estas organizaciones están ayudando a los residentes a confirmar su elegibilidad y presentar su solicitud para el Programa Acceso Solar. Su Embajador de Energía Solar local trabajará con usted para incluir estos documentos en su solicitud para el programa:

    1. Prueba de estatus de muy bajos ingresos 

    • Carta de inscripción de uno de los siguientes programas:  
      • Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (TANF). 
      • Programa de asistencia energética para hogares de bajos ingresos (LIHEAP) 
      • Programa de Asistencia Nutricional (PAN) 
      • Descargue su carta de certificación 
    • Estos documentos también sirven de prueba:  
      • Carta de Certificación del Departamento de Salud o copia de la tarjeta del plan médico (solo Plan Vital)  
      • Copia del préstamo de la Sección 502 o Sección 504 del USDA, o carta de certificación (solo válida si se emitió después del 17 de septiembre de 2022) 

    2. Prueba de residente con una discapacidad dependiente de la energía

    • Una carta que verifique el estatus de los beneficios de uno de los siguientes programas:  
    • Estos documentos también sirven de prueba:   
      • Una carta oficial firmada por un médico o institución/programa médico que detalle la necesidad médica.  
      • O uno de los siguientes documentos para demostrar la edad de la persona con necesidad de controlar la temperatura corporal (4 años o menos o 65 años o más):  
        • Acta de nacimiento original o certificada  
        • Ciudadanía estadounidense y/o documentación de inmigración  
        • Identificación military  
        • Licencia de conducir con foto  
        • Pasaporte vigente  
        • Tarjeta de identificación con foto 

    3. Prueba de propiedad de la vivienda

    • Hay varias formas de proporcionar prueba de titularidad sobre la propriedad. Usted deberá proporcionar solo una de los siguientes:  
      • El título de propiedad 
      • Recibo del año más reciente del impuesto sobre la propiedad del Centro de Recaudación de Ingresos Municipales (CRIM) o de la autoridad fiscal municipal. 
      • El estado de cuenta hipotecario con el nombre del dueño de la propiedad. 
      • Una captura de pantalla del registro de la parcela desde la aplicación web del CRIM
      • Si no existe nada de lo anterior, proporcione una copia de una declaración jurada (o affidavit) de propiedad notarizada. Si hay varios dueños, la declaración jurada debe estar firmada por todos. 
    • Puede solicitar servicios notariales pro-bono

    4. Prueba de cuenta de cliente de LUMA 

  • Paso 3

    Contacte a su Embajador de Energía Solar local. 

    Una vez que haya reunido la documentación necesaria, llame o envíe un correo electrónico a su Embajador de Energía Solar local para iniciar su solicitud para una instalación solar y de baterías residencial.  Su solicitud será completada con la ayuda de su Embajador Solar local y revisada por el DOE para determinar si su hogar cumple con los requisitos para el Programa Acceso Solar. Después, un instalador solar realizará una inspección de la vivienda para determinar la elegibilidad final antes de la instalación del sistema.

    A continuación, usted puede encontrar la información de contacto de su Embajador de Energía Solar local. 

Verifique la elegibilidad de su dirección

Por favor, utilice la herramienta de elegibilidad antes de seguir los siguientes pasos.

El Departamento de Energía está priorizando las instalaciones solares en las comunidades que tienen un porcentaje alto de residentes de ingresos muy bajos Y que sufren interrupciones de energía largas y frecuentes. Si alguien en su hogar no tiene una condición médica o discapacidad que cumpla los requisitos del Programa Acceso Solar, utilice el siguiente mapa para ver si su dirección es elegible para un sistema solar.

Si su dirección se encuentra dentro de la región violeta del mapa, usted puede ser elegible para el Programa Acceso Solar.

Maneras de localizar su dirección en el mapa:

  1. Si está en su casa, presione el círculo en la parte inferior izquierda de la pantalla, justo arriba del zoom (+ y -) para localizar su dirección. (Para este método, asegúrese de que su dispositivo y su navegador tienen activados los servicios de localización para navegar hasta su ubicación actual) 
  2. Escriba su dirección en la barra de búsqueda.   
  3. Acerque el zoom a su municipio y compruebe si su dirección se encuentra dentro de una región violeta.

Si la dirección de su hogar no se encuentra dentro de una comunidad elegible Y alguien dentro de su hogar no tiene una condición médica o discapacidad que dependa de la electricidad, no es elegible para recibir energía solar residencial a través del Programa de Acceso Solar en este momento. 

Encuentre a su Embajador de Energía Solar

Por favor, utilice la herramienta de elegibilidad antes de seguir los siguientes pasos.

Los Embajadores de Energía Solar son organizaciones comunitarias seleccionadas por el Departamento para ayudar a los residentes a presentar solicitudes para el Programa Acceso Solar. Una vez haya comprobado si cumple los requisitos para participar en el Programa Acceso Solar, contacte a su Embajador de Energía Solar local para iniciar su solicitud.

NOTA: Los Embajadores de Energía Solar trabajando con el Departamento de Energía federal deberán de identificarse como miembros de una organización participante y NUNCA le pedirán su número de seguro social, tarjeta de crédito o alguna información de pago.

Regiones de servicio de los Embajadores de Energía Solar

 

Mapa actualizado de los equipos de Embajadores de Energía Solar a partir de enero de 2025.

Información de contacto de Embajadores de Energía Solar 

Este y Oeste: Grupo Resiliente
[email protected] 
787-464-6761 
787-458-1671
888-302-4433  

Centro y Sur: Cooperativa Hidroeléctrica de la Montaña
[email protected]  
939-300-4437

Norte y Metro San Juan: Corporación Desarrollo Económico Vivienda y Salud (CODEVyS)
[email protected] 
787-879-3300   

Culebra

Culebra está servida por Culebra Solar, un programa aparte financiado por el Departamento de Energía. Para solicitar, contacte a Mujeres de Islas (787-556-6994) o Fundación para un Puerto Rico Mejor (939-233-2588). 

Compañías Solares Aprobadas

Bajo el Programa Acceso Solar, el DOE trabaja con dos compañías solares principales - Sunnova y Generac. Ambas compañías colaboran con instaladores solares basados en Puerto Rico. Los instaladores solares que se muestran aquí son las únicas compañías aprobadas bajo el Programa Acceso Solar. Estos instaladores locales se identificarán como socios de los equipos Sunnova o Generac cuando se comuniquen con los propietarios de viviendas

  • Sunnova solar company logos.
    • Power Solar 
    • Windmar Home 
    • Pura Energía
    • Melpro
    • ISO Solar
  • Logos of Generac's Puerto Rico based installers, including: FR-BLDM Inc, Home Power, Juapi Energy, LightReach, and Palmetto.
    • FR-BLDM, LLC
    • Home Power
    • JUAPI Energy
    • LightReach
    • Palmetto

Beneficios de la energía solar en techos

  • No hay un costo inicial para los propietarios, pero contribuirán para el mantenimiento a largo plazo de los sistemas, un costo que se compensa con la reducción de las facturas de electricidad. Esto garantizará de que estos sistemas proporcionen electricidad confiable durante toda su vida útil.  Los pagos mensuales iniciales variarán entre $10 a $42.50 según el consumo de electricidad del hogar y el tamaño del sistema de placas solares con baterías. Los pagos mensuales pueden ser una tarifa fija o aumentar anualmente por 1%.  

    Image
    Sin energia solar and con energia solar.
  • Con un mantenimiento adecuado, los paneles solares y las baterías funcionan incluso durante los cortes de energía.   

    Image
    Houses with solar panel icon.
  • La energía solar es renovable y beneficia al medio ambiente y a la salud de nuestras comunidades.  

    Image
    House with solar panel and clean energy icon.

Preguntas frecuentes

  • ¿Qué es el Programa Acceso Solar?

    El Programa Acceso Solar, financiado por el Fondo de Resiliencia Energética de Puerto Rico (PR-ERF) del Departamento de Energía de EE. UU., tiene como objetivo implementar sistemas solares fotovoltaicos y sistemas de almacenamiento en baterías en hasta 30,000 hogares vulnerables de Puerto Rico sin costos iniciales para los propietarios. Este programa se basa en los intereses y necesidades de las comunidades puertorriqueñas locales y beneficiará a los hogares que se ven desproporcionadamente afectados por los cortes de energía frecuentes y prolongados. 

     

    ¿Cómo funcionará este programa si decido presentar una solicitud? 

    La solicitud, que se llenará a través de su Embajador de Energía Solar local, determinará si es elegible para participar en el programa. Si su solicitud se acepta, un instalador de energía solar asignado a su hogar realizará una inspección de la vivienda. Si aprueba la inspección, el instalador le explicará las opciones de energía solar residencial adecuadas para su hogar. Si está de acuerdo, el instalador de energía solar procederá con el proceso de instalación. Su solicitud para este programa no es obligatoria y puede salir del proceso cuando lo desee hasta el momento de la instalación, sin costo alguno para usted. 

  • ¿Cómo determina el DOE la elegibilidad por ingresos de un hogar para el Programa Acceso Solar? 

    Un hogar es elegible si al menos una persona está inscrita o recibe beneficios de uno o varios de los siguientes programas de asistencia del gobierno:  

    • Asistencia Temporal para Familias Necesitadas (Temporary Assistance for Needy Families, TANF) 
    • Plan de Salud Vital  
    • Programa de Asistencia Energética para Hogares de Bajos Ingresos (Low-Income Home Energy Assistance Program, LIHEAP)  
    • Programa de Asistencia Nutricional (PAN)  
    • Programa de USDA de Préstamo Directo de la Sección 502  
    • Programa de USDA de Reparación de Viviendas de la Sección 504 

     

    ¿Qué considera el DOE como dispositivos médicos elegibles que dependen de la electricidad o de baterías?

     Si usted o un residente de su hogar depende de un dispositivo médico que depende de la electricidad o de baterías por una condición médica o una discapacidad, puede ser elegible para el Programa Acceso Solar.

    Los dispositivos médicos que se consideran que dependen de la electricidad o de baterías recargables incluyen, entre otros: 

    • Aire acondicionado (A/C) para control de temperatura (4 años o menos y 65 años o más)
    • Bomba de infusión intravenosa (IV)
    • Bomba de succión
    • Corazón artificial total (TAH, por sus siglas en inglés) en los últimos 5 años
    • Dispositivos cardíacos implantados que incluyen dispositivo de asistencia ventricular izquierda (DAVI)
    • Dispositivo de asistencia ventricular derecha (DAVD)
    • Dispositivo de asistencia biventricular (BIVAD, por sus siglas en inglés)
    • Equipo concentrador de oxígeno en los últimos 36 meses
    • Equipo de cama eléctrico en los últimos 13 meses
    • Máquina de alimentación enteral 
    • Máquina de diálisis para uso en casa
    • Máquina de presión positiva de dos niveles en las vías respiratorias (BiPAP, por sus siglas en inglés); 
    • Medicamentos que requieran refrigeración.
    • Silla de ruedas eléctrica
    • Scooter eléctrico
    • Ventiladores

    Si su condición médica no figura en la lista anterior, pero cree que igual se ajusta a la definición de condición médica o discapacidad que depende de la energía, llame o envíe un correo electrónico a su Embajador de Energía Solar local para confirmar su elegibilidad para el Programa Acceso Solar.
     

    ¿Cómo determinó el Departamento de Energía las comunidades elegibles para el Programa Acceso Solar?

    • El DOE estableció la elegibilidad para el Programa Acceso Solar mediante la determinación de las Comunidades de Última Milla en Puerto Rico. Una Comunidad de Última Milla es un bloque censal que (a) tiene un porcentaje alto de hogares de muy bajos ingresos y (b) sufre cortes de energía frecuentes y prolongados.  Las organizaciones de Embajadores de Energía Solar llevarán a cabo actividades de alcance comunitario en las Comunidades de Última Milla para identificar a los hogares que cualifican para el Programa Acceso Solar.
    • El DOE ha desarrollado un mapa interactivo en el que puede buscar si su hogar está ubicado en una Comunidad de Última Milla y es elegible para el Programa Acceso Solar.
    • NOTA: Si no hay un Embajador de Energía Solar asignado a su comunidad, pero alguien en su hogar depende de un dispositivo médico que usa electricidad o baterías por una condición médica o una discapacidad, comuníquese con el Movimiento para el Alcance de Vida Independiente (MAVI) en [email protected] o al 787-200-2988. 

    ¿Por qué algunos vecindarios de un municipio son elegibles para el Programa Acceso Solar y otros no?

    El DOE estableció la elegibilidad para el Programa Acceso Solar mediante la determinación de las Comunidades de Última Milla en Puerto Rico. Una Comunidad de Última Milla es un bloque censal que (a) tiene un porcentaje alto de hogares de muy bajos ingresos y (b) sufre cortes de energía frecuentes y prolongados. Esto significa que, dentro de un mismo municipio, no todos los bloques censales son elegibles. Por otra parte, los hogares unifamiliares de muy bajos ingresos en los que vive una persona con una discapacidad que depende de la energía pueden cualificar, independientemente de la zona geográfica.

  • ¿Quiénes son los Embajadores de Energía Solar?

    El DOE seleccionó 16 organizaciones comunitarias de todo Puerto Rico para que actuaran como Embajadores de Energía Solar en el Programa Acceso Solar. Estas organizaciones están ayudando al DOE con el alcance comunitario a los hogares elegibles de Puerto Rico para ayudarles a llenar las solicitudes para obtener sistemas solares residenciales. Para comenzar con su solicitud para un sistema solar residencial, comuníquese con el Embajador de Energía Solar a cargo de su comunidad. Vaya a la sección “Encuentre su Embajador de Energía Solar” arriba. 

     

    ¿Cómo se seleccionó a los Embajadores de Energía Solar?

    • Los Embajadores de Energía Solar fueron seleccionados a través del Premio para Embajadores de Energía Solar, un proceso competitivo basado en las relaciones de estas organizaciones con la comunidad y sus planes de alcance comunitario propuestos para conectar a los residentes con sistemas solares fotovoltaicos en techos y sistemas de almacenamiento en baterías. Los Embajadores de Energía Solar son una parte muy importante del Programa Acceso Solar porque son organizaciones locales de Puerto Rico y han establecido relaciones con las comunidades elegibles.
    • NOTA: Si no hay un Embajador de Energía Solar asignado a su comunidad, pero alguien en su hogar depende de un dispositivo médico que usa electricidad o baterías por una condición médica o una discapacidad, comuníquese con el Movimiento para el Alcance de Vida Independiente (MAVI) en [email protected] o al 787-758-7901 ext. 1003.
       
  • No tengo experiencia con la energía solar.  ¿Cómo aprenderé a utilizar una nueva instalación de sistemas solares fotovoltaicos y sistemas de almacenamiento en baterías? 

    El DOE requerirá que los instaladores de energía solar ofrezcan educación sobre cómo utilizar los sistemas de baterías solares. Además, el DOE ha seleccionado dos organizaciones sin fines de lucro (Hispanic Federation e Institute for Building Technology and Safety) que también le brindarán educación, capacitación y apoyo a los dueños/miembros de los hogares. Estas organizaciones le ayudarán a comprender el mantenimiento del sistema, a conocer sus derechos y a acceder a la protección al consumidor. 

     

    ¿Qué protección tendré como consumidor?

    • Al participar en el Programa Acceso Solar, entrará a un acuerdo con una de las empresas de energía solar seleccionadas que participan en el programa. Para proteger a los propietarios, estos acuerdos están regulados por la ley de Puerto Rico y se aplican a través de organismos reguladores como el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO). 
    • Además, el DOE ha seleccionado dos organizaciones sin fines de lucro (Hispanic Federation e Institute for Building Technology and Safety) para brindarle educación, capacitación y apoyo.  Estas organizaciones ayudarán a los propietarios de las viviendas a entender el mantenimiento del sistema, a conocer sus derechos y a acceder a la protección al consumidor.  El DOE también está estableciendo protocolos sólidos de monitoreo y auditoría para garantizar que estos fondos lleguen a los hogares más vulnerables, que los equipos instalados resistan los vientos huracanados y que los contratos de mantenimiento de estos sistemas a largo plazo sean justos y equitativos para las familias de bajos ingresos. La solicitud para este programa no es obligatoria y puede salir del proceso cuando lo desee hasta el momento de la instalación sin costo alguno para usted.


    ¿Qué puedo esperar en términos del acuerdo entre la empresa solar que instalará y mantendrá mi sistema solar residencial y yo?  

    Por favor, consulte un resumen de alto nivel del Acuerdo de Beneficiario y Requisitos Técnicos, proporcionado por el Departamento de Energía federal. Si su solicitud al Programa Acceso Solar es aprobada, un representante de la Empresa Solar asignada revisará cuidadosamente todos los términos y condiciones del Acuerdo y responderá a todas sus preguntas antes de que usted decida participar en el programa.  
     

    ¿Qué es un contrato de alquiler de energía solar o un acuerdo de compra de energía? ¿Qué significa que no soy el dueño del sistema solar? 

    En este programa, una empresa de energía solar será la propietaria y se encargará del mantenimiento del sistema en su techo. Esto se hace mediante un contrato de alquiler (por el que se paga una tarifa fija) o un acuerdo de compra de energía (por el que se paga por la energía consumida). En virtud de estos acuerdos, la empresa es responsable del mantenimiento rutinario, el seguro y la sustitución de los equipos principales. Aunque la energía solar generada reducirá su factura de electricidad, deberá pagar una pequeña tarifa de alquiler o un pago por contrato de compra de energía por el mantenimiento continuo. 

     

    Si firmo el contrato de alquiler o el contrato de compra de energía, ¿puedo retirarme después? 

    Puede optar por retirarse del programa en cualquier momento antes de que se comience oficialmente la instalación o las reparaciones para que su hogar pueda recibir una instalación de un sistema solar, sin costo alguno para usted, el propietario. 

     

    ¿Qué pasa con el sistema solar si quiero mudarme?  

    La participación en este programa ciertamente no le impedirá mudarse a un nuevo hogar. Hay varias opciones en el acuerdo para la compra o transferencia del sistema solar. Tenga en cuenta que los sistemas solares están fijados permanentemente al techo y este programa no incluye financiamiento para transferir los sistemas a un nuevo hogar.  A pesar de estar conectados a una casa, los sistemas siguen siendo propiedad de la empresa de energía solar a menos que el propietario compre el sistema siguiendo el protocolo de compra del acuerdo. 

     

    ¿El contrato de alquiler o el contrato de compra de energía terminarán si dejo de recibir PAN, TANF o LIHEAP?  

    No, la elegibilidad solo se verificará para determinar si un hogar puede beneficiarse de este programa antes de que ocurra la instalación. Ni el Departamento de Energía de EE. UU. ni la empresa de energía solar anularán o harán que se anule el contrato de alquiler o el contrato de compra de energía si una familia deja de recibir asistencia del gobierno. 

     

    ¿Podré revisar el contrato de alquiler o el contrato de compra de energía completo antes de comprometerme con este programa? 

    Por supuesto. La empresa de energía solar lo guiará a través de todo el proceso de alquiler o contrato de compra de energía y responderá todas sus preguntas. 

     

    ¿Este programa establecerá un gravamen sobre mi hogar? 

    El Programa Acceso Solar del DOE no establecerá bajo ningún término un gravamen sobre la propiedad de los hogares que reciban sistemas de energía solar.

     

    ¿La nueva instalación de paneles de energía solar en techos dañará el techo de mi hogar?

    Los paneles solares en sí no dañan el techo si los instala correctamente una empresa de instalación solar autorizada. Los paneles solares añaden un peso significativo al techo; el instalador de energía solar asignado a su instalación evaluará el estado y la capacidad del techo de su vivienda. Algunas reparaciones y mejoras pueden permitirse a través de instaladores de energía solar que utilicen el financiamiento del PR-ERF.

     

    ¿Con quién debo comunicarme si mi techo necesita reparaciones durante la vida útil del sistema?

    Independientemente de la necesidad de las reparaciones, debe de contactar a la empresa que realizó su instalación para informarles de las reparaciones necesarias y discutir cómo puede afectar a su sistema solar.    

     

    ¿Con quién debo comunicarme si mi sistema solar no funciona correctamente? 

    Debe comunicarse inmediatamente con la empresa que realizó la instalación. Además, el DOE requerirá que todos los sistemas sean monitoreados a distancia para que las empresas de energía solar estén al tanto de cualquier problema que surja. Si no puede establecer comunicación con la empresa, puede comunicarse con la organización que brinda apoyo en materia de protección al consumidor dentro de este programa. 

     

    ¿Los sistemas solares residenciales funcionan cuando no hay energía de la red eléctrica? 

    Sí. Para que los sistemas solares funcionen cuando no hay energía de LUMA, deben tener baterías. En el caso de este fondo, TODAS las instalaciones realizadas mediante el Programa Acceso Solar contarán con sistemas de baterías para suministrar energía a los beneficiarios en aquellos momentos en los que la red eléctrica no esté disponible. 

     

    ¿Los sistemas solares funcionan de noche o en días nublados? 

    Los sistemas solares pueden funcionar de noche y en días nublados, pero dependerán de la energía almacenada en las baterías y de la suministrada por la red eléctrica. Para que los paneles solares generen energía, necesitan luz solar directa; si la luz solar no llega directamente a los paneles solares, afectará a la producción de energía. 

     

    ¿Debo hacer algo para seguir teniendo electricidad durante un apagón? 

    No, los sistemas solares están diseñados para seguir suministrando energía de forma automática. 

     

    ¿Puedo seguir consumiendo energía como siempre cuando no hay energía de la red eléctrica? 

    Aunque seguirá recibiendo energía de su sistema solar y de las baterías cuando se vaya la luz, le recomendamos encarecidamente que reduzca el consumo de energía, ya que podría agotar la energía almacenada en las baterías y provocar que el sistema deje de funcionar. Los propietarios de viviendas que reciban energía solar residencial mediante el Programa Acceso Solar recibirán educación y recursos sobre las mejores prácticas para el uso de sus sistemas durante un apagón. 

     

    ¿Puedo compartir una extensión de mi sistema solar con mi vecino para conectar algunos de sus electrodomésticos? 

    No, los sistemas solares instalados en el marco de esta iniciativa no están diseñados para ser compartidos entre varios hogares. Esto probablemente afectaría al rendimiento de su sistema y ambos hogares podrían quedarse sin electricidad. 

     

    ¿Cómo debo monitorear mi sistema solar para asegurarme de que funciona? 

    Se recomienda utilizar las aplicaciones móviles que vienen con estos sistemas para monitorear su funcionamiento. Su factura mensual también puede incluir información importante sobre el rendimiento del sistema. De este modo, podrá ver cuánta energía genera su sistema, cuánta consume y si su sistema no está funcionando correctamente. 

     

    ¿Debo realizar algún tipo de mantenimiento al sistema solar? 

    Estos sistemas solares están diseñados para requerir un mantenimiento mínimo. El funcionamiento y el rendimiento de los sistemas solares serán responsabilidad de la empresa que instaló el sistema. Usted deberá evitar que los paneles queden obstruidos por sombras de árboles, hojas y otros elementos que puedan cubrirlos. Se pondrán a disposición de los propietarios recursos educativos que detallarán lo que pueden hacer para maximizar el uso y la vida útil de sus sistemas.

     

    ¿Estos sistemas solares estarán conectados a la red eléctrica? 

    Sí, estos sistemas estarán interconectados con la red eléctrica, aunque cabe destacar que el sistema dará prioridad al uso de la energía generada por la energía solar antes que a la de la red eléctrica.

  • ¿Cuánto costarán las instalaciones de los sistemas de energía solar en techos y de almacenamiento en baterías para los propietarios de los hogares?  

    No hay un costo inicial para los propietarios, pero contribuirán para el mantenimiento a largo plazo de los sistemas, un costo que se compensa con la reducción de las facturas de electricidad. Esto garantizará que estos sistemas proporcionen electricidad confiable durante toda su vida útil. Los propietarios efectuarán un pequeño pago mensual durante la duración del término del acuerdo. Los pagos mensuales iniciales variarán entre $10 a $42.50 según el consumo de electricidad del hogar y el tamaño del sistema solar fotovoltaico y de almacenamiento en baterías. Los pagos mensuales pueden ser una tarifa fija o aumentar anualmente por 1%.   

    ¿Qué es un aumento anual? 

    Dependiendo de la empresa que instale su sistema solar, su contrato puede incluir un aumento anual. Simplemente, un aumento anual es una tasa fija en la que su pago mensual aumenta con el paso del tiempo para tener en cuenta la inflación. Para algunas instalaciones del Programa Acceso Solar, el aumento anual es del uno por ciento (1%). Esto significa, por ejemplo, que si su pago mensual es de $40 en el año 1, aumentaría a $40.40 en el año 2, y así sucesivamente. En este ejemplo, al llegar al último año de todo el acuerdo de 20 a 25 años, su pago mensual sólo habrá aumentado $9. Este pequeño aumento anual del costo se verá más que compensado por la reducción de sus facturas de energía. 

    ¿Seguiré pagando mi factura mensual de LUMA? ¿Qué cambios podré ver? 

    Usted continuará recibiendo una factura de LUMA y será responsable de pagarla. Su factura de LUMA puede reducirse bastante, pero no llegará a cero, ya que hay una tarifa de conexión base de $4 por mes. Su factura mensual de LUMA puede subir o bajar de un mes a otro dependiendo del consumo energético de su hogar, que cambia de mes a mes. 

    ¿Cuánto tiempo durará mi acuerdo con la empresa de energía solar? ¿Y qué pasa al final del acuerdo?  

    El acuerdo, ya sea un contrato de alquiler de energía solar o un contrato de compra de energía (PPA, por sus siglas en inglés), tendrá una duración mínima de 20 años. Durante ese tiempo, la empresa será responsable de monitorear, asegurar, proporcionar una garantía y asegurarse de que el sistema funcione según los estándares. Esto incluye el reemplazo de equipos importantes, como una batería nueva, aproximadamente a la mitad del plazo del acuerdo. Además de estas garantías, los propietarios de los hogares recibirán beneficios de medición neta y energía solar y almacenamiento resilientes que pueden ayudar a proveer energía durante los cortes de la red eléctrica. 

    Al final del acuerdo, el propietario puede hacer que la empresa de energía solar retire el sistema o puede comprar el sistema. Además, los propietarios pueden tener la opción de comprar el sistema en varios momentos durante la vigencia del acuerdo.   

    ¿Qué sucede si no pago o no puedo pagar?  

    El propietario es responsable de los pagos mensuales. Si no paga durante un periodo prolongado, la empresa de energía solar puede considerar que el propietario está en "incumplimiento".  Los remedios para los casos de incumplimiento se establecerán en su acuerdo.   

    ¿Tengo que pagar un seguro por un sistema alquilado? ¿Qué pasa si un huracán destruye el sistema?  

    Las empresas de energía solar asegurarán los sistemas solares y de baterías. Esto significa que si un sistema se daña o deja de funcionar, es responsabilidad de la empresa repararlo. 

  • ¿Cuál es el estado de mi solicitud? 

    Para verificar el estado de su solicitud, comuníquese con el Embajador de Energía Solar que envió su solicitud al Programa Acceso Solar. Si su solicitud se aprueba, recibirá un correo electrónico automático que indica su aceptación en el programa, o puede comunicarse con su Embajador para ver si se le aprobó.  

      

    ¿Cuáles son los próximos pasos después de haber sido aprobado?  

    Si su solicitud fue aceptada, una empresa de energía solar asignada por el DOE que trabaje con el Programa Acceso Solar se comunicará con usted por teléfono o correo electrónico para presentarse y analizar los próximos pasos. Después de una llamada introductoria o una visita en persona, le presentarán las opciones de diseño y el acuerdo. Luego, la empresa de energía solar programará una evaluación completa del área para realizar una revisión detallada de las necesidades energéticas de su hogar y de la preparación solar. Si pasa evaluación del área, la empresa le presentará los detalles finales y lo guiará a través del proceso de instalación. Como recordatorio, puede optar por retirarse del programa en cualquier momento antes de que comience oficialmente la instalación, sin costo alguno para usted, el propietario. 
     

    Si me han rechazado, ¿hay alguna forma de volver a presentar la solicitud si mi situación cambia? 

    Si fue rechazado a base de su estatus de muy bajos ingresos (no inscrito en PAN, TANF y/o LIHEAP, por sus siglas en inglés), puede volver a presentar una solicitud al programa si decide inscribirse para los beneficios aceptados. Si fue rechazado porque no cumple con los requisitos adicionales, tal como residir en una Comunidad de Última Milla o que un miembro de su hogar tenga una discapacidad que depende de la energía, no puede volver a presentar la solicitud en las mismas condiciones.  
     

    Si me han rechazado, pero creo que se debe a un error, ¿puedo pedir una reconsideración?  

    Puede solicitar la reconsideración a través del Embajador de Energía Solar que presentó su solicitud para el programa. Favor tener en cuenta que esta solicitud no garantiza su aceptación en el programa. 

Información sobre el Fondo de Resiliencia Energética de Puerto Rico

El Programa Acceso Solar está financiado por el Fondo de Resiliencia Energética de Puerto Rico del Departamento de Energía de EE. UU. 

Durante demasiado tiempo, los puertorriqueños han vivido con un sistema eléctrico poco confiable y caro. La Ley de Asignaciones Consolidadas (Consolidated Appropriations Act) para el año fiscal 2023 incluyó mil millones de dólares para que el Departamento de Energía Federal estableciera el Fondo de Resiliencia Energética de Puerto Rico (PR-ERF) para mejorar la resiliencia energética de la red eléctrica, con un enfoque en los hogares más vulnerables. El 31 de julio de 2023, la Oficina de Desarrollo del Sistema Eléctrico (Grid Deployment Office, GDO) del DOE publicó un anuncio de oportunidad de financiamiento (FOA) de hasta $450 millones para apoyar las instalaciones de sistemas solares fotovoltaicos y sistemas de almacenamiento en baterías y ofrecer recursos educativos y de protección al consumidor. 

Contacto

¿Alguna pregunta? Llame al 1 (833) 822-8628, envíe un mensaje de texto con la palabra "Solar" a 40649, o envíe un correo electrónico a [email protected]